A la hora de instalar un sistema de seguridad en tu comunidad de vecinos, vas a necesitar cumplir una serie de requisitos legales ya que se necesita que la instalación esté justificada así como obtener la mayoría de los votos para hacerlo.
Requisitos para instalar cámaras de videovigilancia en una comunidad de propietarios
Si en tu comunidad de propietarios se ha decidido instalar un sistema de videovigilancia, es importante seguir una serie de pasos para garantizar que la instalación sea segura, adecuada a las necesidades del edificio y conforme a la normativa vigente.
Estudio de seguridad y necesidades
Antes de instalar las cámaras, es recomendable realizar un estudio de las necesidades de seguridad de la comunidad.
En este análisis se deben identificar las zonas que necesitan vigilancia, como:
- Portal y accesos al edificio peatonales
- Garajes y zonas de entrada y salida de vehículos
- Trasteros
- Cuartos técnicos
- Zonas comunes (zonas recreativas, gimnasios o piscinas) cuando esté justificado
También se debe determinar qué tipo de cámaras son más adecuadas para cada espaci y decidir si se necesitan cámaras fijas, cámaras con movimiento, visión nocturna o analítica de vídeo entre otras cosas.
El objetivo debe ser instalar únicamente las cámaras necesarias para proteger las zonas de riesgo, evitando captar espacios que no sean necesarios para la finalidad de seguridad.
Aprobación en junta de propietarios
La instalación de un sistema de videovigilancia debe ser aprobada por la comunidad de propietarios mediante el correspondiente acuerdo de la Junta.
Con carácter general, el artículo 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal establece una mayoría de tres quintas partes del total de propietarios que, a su vez, representen tres quintas partes de las cuotas de participación.
Por ello, es importante que el acuerdo quede correctamente reflejado en el acta de la Junta, incluyendo la instalación y, cuando corresponda, los aspectos relacionados con su mantenimiento.
Contratar una empresa especializada
Una vez aprobada la instalación, es recomendable contar con una empresa especializada en sistemas de seguridad y videovigilancia.
La empresa deberá valorar las necesidades de la comunidad, diseñar el sistema, realizar una instalación profesional y garantizar su correcto funcionamiento y mantenimiento.
Además, cuando se contraten servicios que estén sujetos a la normativa específica de seguridad privada, es importante comprobar que la empresa cumple los requisitos y homologaciones exigidos por la normativa.
Instalación y señalización
Las cámaras deben instalarse exclusivamente en las zonas necesarias y dentro de los límites establecidos para la finalidad de seguridad.
La comunidad también debe colocar carteles informativos de videovigilancia en lugares visibles, indicando que existe un sistema de cámaras y proporcionando la información exigida por la normativa de protección de datos.
La ubicación y orientación de las cámaras es especialmente importante: no deben captar espacios ajenos a la comunidad ni invadir la privacidad de vecinos, trabajadores o terceros.

Gestión y acceso a las grabaciones
La comunidad debe establecer quién puede acceder a las imágenes y en qué circunstancias. Normalmente suele designarse al presidente de la comunidad o el administrador de fincas para hacer esa gestión.
El acceso debe estar limitado a las personas autorizadas y las grabaciones deben gestionarse de acuerdo con la normativa de protección de datos, aplicando las medidas necesarias para garantizar su seguridad y confidencialidad.
También debe determinarse correctamente el sistema de almacenamiento, conservación y eliminación de las imágenes.
Mantenimiento y revisión del sistema
Instalar las cámaras es solo el primer paso. Para que el sistema cumpla realmente su función, es recomendable realizar un mantenimiento periódico y comprobar que todas las cámaras funcionan correctamente.
Una revisión profesional permite detectar cámaras desconectadas, problemas de grabación, fallos de almacenamiento o incidencias que podrían dejar zonas del edificio sin protección.
Es posible hacer un mantenimiento remoto preventivo que evite fallos futuros y complementar esto con revisiones presenciales para hacer los ajustes técnicos necesario en los equipos.
Una instalación de videovigilancia eficaz no consiste únicamente en colocar cámaras: debe estar correctamente diseñada, aprobada, instalada, señalizada, mantenida y gestionada.
Requisitos para instalar un control de accesos o alarmas en una comunidad de propietarios
En el caso de instalar un control de accesos el proceso que se sigue es el mismo y solo hay diferencia en el tipo de dispositivos a instalar.
En este caso habrá que determinar que tipo de control de acceso se va a desarrollar. Si la apertura se hará mediante tarjeta, código, móvil o biometría así como si debe instalarse en zonas de garaje o accesos peatonales.
En este caso es importante llevar un control de usuarios y permisos que puedan otorgarse y revocarse de forma ágil generando un registro de accesos que pueda ser consultado ante la aparición de determinados incidentes.
Si lo que vamos a instalar es un sistema de alarma, siguiendo el mismo procedimiento prestaremos atención a otros componentes como pueden ser los detectores de intrusión, las sirenas o la comunicación con la central receptora de alarmas.
En muchas comunidades, la solución más eficaz no es elegir uno de estos sistemas, sino integrarlos para crear una protección más completa.
En definitiva, los pasos para llevar la seguridad a la comunidad ya se trate de videovigilancia, control de accesos o alarmas deberían incluir estos puntos:
- Análisis de seguridad para saber qué se quiere proteger y cuáles son los principales riesgos.
- Diseñar una solución de seguridad adaptada a las necesidades detectadas (decidiendo si se requiere videovigilancia, control de accesos o alarma, o una combinación de ellos).
- Presentar un presupuesto y el estudio a la comunidad donde figurará el equipamiento, la ubicación de dispositivos, los trabajos de instalación, el sistema de almacenamiento, el mantenimiento, las garantías, los costes recurrentes si fuera el caso y servicios adicionales).
- Aprobar la instalación en junta por la 3/5 partes teniendo en cuenta el coeficiente de participación, quedando el acuerdo recogido en el acta.
- Realizar la instalación por la empresa de seguridad ajustándose a los requisitos técnicos y legales que correspondan al sistema contratado.
- Configurar y poner en funcionamiento el sistema. En este caso hay que configurar adecuadamente las cámaras, los usuarios y permisos, las aplicaciones móviles si las hubiera, los detectores y zonas de alarma, las comunicaciones, las notificaciones o avisos y cualquier tipo de integración con otros sistemas.
- Cumplir con la protección de datos y señalización, informando a los usuarios de la instalación de cámaras de videovigilancia y aportar información donde quede claro que se limita el acceso a las imágenes al personal autorizado. También hay que determinar correctamente los plazos y condiciones de conservación de las imágenes.
- Establecer quién gestiona el sistema en cada uno de sus elementos, por ejemplo debemos saber quién puede acceder a las cámaras y a las grabaciones, quien administra a los usuarios del control de accesos, quien recibe los avisos, a quien se comunican las averías o quién puede modificar la configuración inicial.
- Contratar mantenimiento preventivo y correctivo así como soporte técnico para detectar fallos en las cámaras o en las grabaciones, así como problemas de comunicaciones, baterías agotadas, lectores averiados o perdidas de conexión.
Por último, la seguridad de una comunidad debe evolucionar.
Si aparecen nuevos riesgos, aumenta el vandalismo, cambia la configuración de las zonas comunes o se producen nuevas incidencias, puede ser necesario replantear o ampliar el sistema.