Tel. gratuito  800 808 728 info@altatec-seguridad.com

¿Puede instalarse videovigilancia sin autorización de la comunidad de vecinos?

La respuesta es no. La decisión de instalar cámaras de seguridad en una comunidad de vecinos requiere de ciertos aspectos legales que han de tenerse en cuenta para que sea una opción válida como medida de prevención y control de delitos. Desde Altatec Seguridad queremos ayudaros a aclarar algunos puntos que os ayudarán a tomar la decisión de ubicar un circuito de vigilancia en vuestra vivienda.

¿Qué dice la ley sobre la instalación de cámaras de vigilancia en comunidades?


Uno de los puntos clave que hay que tener en cuenta es que la instalación de sistemas de videovigilancia en zonas comunes debe ser aprobada previamente por la junta de propietarios, y al menos necesita necesita el voto favorable de las tres quintas partes del total de propietarios, representando también las tres quintas partes de las cuotas de participación. Esta votación es esencial para proteger los derechos individuales de los vecinos y asegurar que se ha alcanzado un consenso adecuado.En concreto, este punto se halla regulado en el Artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Contratar una empresa de seguridad autorizada


Una vez se haya decidido contar un sistema de videovigilancia hay que recurrir a una empresa cualificada y autorizada para llevar a cabo este servicio. La compañía de seguridad privada ha de estar autorizada para instalar dispositivos de seguridad y dada de alta e inscrita en el Registro de Empresas de Seguridad de la Dirección General de la Policía, porque de esta forma, la comunidad de vecinos estará segura de que se cumplen todos los requisitos legales en cuestión de tratamiento de imágenes e idoneidad del personal contratado.

Señalización obligatoria: un requisito legal fundamental


Otro de los requisitos esenciales que establece la normativa vigente sobre videovigilancia es la colocación de carteles informativos en todas las zonas donde se instalen las cámaras. Estos carteles deben estar visibles y advertir claramente a todas las personas que acceden a las zonas comunes de que están siendo grabadas.

Esta medida no solo cumple con la legislación de protección de datos (LOPDGDD y RGPD), sino que también actúa como un elemento disuasorio frente a posibles delitos o conductas inapropiadas dentro del recinto.

¿Qué ocurre si se instalan cámaras sin aprobación de la junta?


En ningún caso el administrador, el presidente o cualquier otro miembro de la comunidad puede decidir por su cuenta la instalación de cámaras de seguridad. Si se diese el caso de que el administrador de la finca, el presidente o cualquier otro representante de la comunidad de propietarios hubiera decidido unilateralmente la instalación del sistema de cámaras, esta decisión podría revocarse y debería reponerse todo el sistema hasta dejar la propiedad tal y como estaba anteriormente.

Videovigilancia en comunidad de vecinos ¿Cómo funciona?